Protocolo COVID-19

Centro de Operaciones de Emergencias (COE)

Protocolo de procedimiento para el turismo en el contexto de la pandemia COVID-19

1. FINALIDAD
El presente protocolo tiene por finalidad circunscribir la normativa vigente, en un documento consolidado que aborde la manera de proceder frente a casos sospechosos y confirmados de COVID-19 de personas que realicen viajes con fines turísticos en la Provincia de Córdoba.

2. ALCANCE
Toda persona que se encuentre en una localidad distinta a la de su domicilio de residencia, y que viaje con fines turísticos dentro de la Provincia de Córdoba.

3. INSTRUCCIONES DE APLICACION
Para la prevención del contagio del virus SARS-CoV-2 en las distintas actividades relacionadas con el turismo se aplicarán las recomendaciones establecidas en los siguientes protocolos:
a. Anexo Guía de Turismo.
b. Anexo Parques Temáticos y Atracciones.
c. Anexo Piletas y Piscinas.
d. Anexo Turismo Aventura.
e. Anexo Turismo Idiomático.
f. Anexo Turismos de Reuniones Córdoba.
g. Anexo Turismo Rural.
h. Anexo Agencias de Viaje y Turismo.
i. Anexo Alojamiento Turístico.
j. Anexo Campings.
k. Anexo Enoturismo.
l. Anexo Prestadores Turísticos.
m. Guía de Pautas y Recomendaciones para la gestión de Playas Publicas.
n. Guía de Pautas y Recomendaciones Organismos Públicos Locales de Turismo.
o. Guía de Pautas y Recomendaciones Piezas Comunicacionales en Playas.

Para mayor información ingresar a:
www.cordobaturismo.gov.ar
www.formacion.cordoba.tur.ar

4. DEFINICION DE CASOS

a. Definición de caso sospechoso

Criterio 1
Toda persona (de cualquier edad) que presente dos o más de los siguientes síntomas, con o sin fiebre:
– Tos
– Odinofagia
– Dificultad respiratoria
– Cefalea
– Mialgias
– Diarrea/vómitos*
– Sin otra etiología que explique completamente la presentación clínica
– Este criterio incluye toda infección respiratoria aguda grave
– Pérdida repentina del gusto o del olfato, en ausencia de cualquier otra causa identificada

*Los signos o síntomas separados por una barra (/) deben considerarse como uno solo.

Criterio 2
Toda persona que se encuentro dentro de los grupos comprendidos en el Cuadro 1 y que presente 1 o más de estos síntomas:
– Fiebre (37.5° C o más)
– Tos
– Odinofagia
– Dificultad respiratoria
– Pérdida repentina del gusto o el olfato

Cuadro 1

– Trabajador de salud
– Residente o trabajador de instituciones cerradas o de internación prolongada*
– Personal esencial**
– Residente en barrios populares o pueblos originarios***
– Contacto estrecho de caso confirmado de COVID-19, y que dentro de los 14 días posteriores al contacto presente los síntomas

* Penitenciarías, residencias de adultos mayores, instituciones neuropsiquiátricas, hogares de niñas y niños
** Se considera personal esencial: Fuerzas de Seguridad y Fuerzas Armadas, personas que brinden asistencia a personas mayores
*** Se considera barrio popular a aquellos donde la mitad de la población no cuenta con título de propiedad, ni acceso a dos o más servicios básicos.

Fuente: Registro Nacional de Barrios Populares

b. Definición de caso confirmado por laboratorio

Todo caso sospechoso con resultado detectable para:
1) Detección de SARS-CoV-2 mediante pruebas de biología molecular por reacción cadena polimerasa con transcriptasa reversa (RT-PCR)
2) Detección de SARS-CoV-2 mediante pruebas de biología molecular por reacción amplificación isotérmica mediada por bucle (LAMP).
3) Detección de antígenos de SARS-CoV-2 mediante pruebas no moleculares. Diagnostico confirmatorio en casos sospechosos con síntomas leves/moderados, solo durante los primeros 7 días desde el inicio de síntomas*.

*El resultado negativo (no reactivo) en las pruebas de detección de antígeno no permite descartar la enfermedad por SARS-CoV-2.

A todos los casos del criterio 1 y 2 se tomará muestra para Antígeno.

NOTA: Debido a la constante evolución de la situación epidemiológica, la información del aparatado 4 Definición de casos: deberá ser actualizada frecuentemente con la información que brinda el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba.

5. REQUISITOS PARA EL VIAJERO

a. Propietarios Residentes en la Provincia de Córdoba

1) Documentación comprobatoria de titularidad del dominio (copia de servicio pago a su nombre o copia de escritura o boleto, etc.)
2) Cumplir con la normativa de control sanitario provincial y los requerimientos particulares que puedan definir las autoridades municipales o comunales.

b. Propietarios no residentes en la Provincia de Córdoba

1) Bajar y mantener habilitada la APP Cuidar mientras dure su estancia en nuestra provincia.
2) Documentación comprobatoria de titularidad del dominio (copia de servicio pago a su nombre o copia de escritura o boleto, etc.)
3) Deberán, en caso de trasladarse en vehículo propio, estar atentos a las rutas habilitadas de acceso a la Provincia.
4) El conductor deberá disponer del certificado de circulación correspondiente y demás requisitos normales para circular por rutas argentinas.
5) En caso de requerir atención medica en nuestra provincia, por patología COVID u otra, deberán proceder según lo que se define en los capítulos siguientes.

c. Turistas con o sin domicilio en la Provincia de Córdoba

1) Comprobante de las reservas efectuadas.
2) Bajar y mantener activos los datos de la APP Cuidar.
3) Deberán, en caso de trasladarse en vehículo propio, estar atentos a las rutas de acceso habilitadas
4) El conductor deberá disponer del certificado de circulación correspondiente y demás requisitos normales para circular por rutas argentinas.

d. Reglamentación para quienes ingresen a la provincia

1) Cumplir con todas las normas sanitarias vigentes, nacionales, provinciales o de la jurisdicción donde se encuentra realizando turismo.
2) Mantener el distanciamiento social, de al menos 2 metros en comercios esenciales, no esenciales, en espacios públicos cerrados (galerías, shopping centers, etc.) y durante la circulación en vía pública.
3) Es obligatorio el uso de barbijo o mascara que tape nariz, boca y mentón, en todos los espacios públicos y comerciales, así como en las áreas de recreación incluidas las
playas controladas públicas y privadas y otros espacios turísticos.
4) Ante cualquiera de los síntomas expuestos en la definición de caso, u otros que le resulten extraños, debe consultar al centro de salud más cercano a su domicilio, o en el front desk del hotel, o con el administrador generador de su alquiler, quienes sabrán donde dirigirlo.

6. PROCEDIMIENTO A SEGUIR FRENTE A UN CASO POSITIVO

a. Procedimientos generales

Independientemente de la situación en la que se presente un caso sospechoso o confirmado y de la condición de la persona involucrada, el procedimiento general a seguir será el siguiente:

1) Ante la presencia síntomas sospechosos deberá:
a) Aislarse inmediatamente
b) Contactarse con el servicio de atención de su obra social o prepaga.
c) Acudir al centro de salud más cercano.

2) La autoridad sanitaria definirá el diagnóstico del caso del paciente.

3) Toda persona que sea diagnosticada como caso positivo será evaluada clínicamente, en caso de encontrarse clínicamente estable el paciente deberá regresar a su lugar de residencia. El grupo familiar o acompañantes deberán regresar al lugar de residencia finalizando su estadía (independientemente de los días restantes para finalizar la estadía contratada inicialmente). Es de mencionar que el caso positivo debe retornar en un medio de trasporte diferente al resto de los acompañantes.

4) Los gastos del traslado hacia la provincia de origen deberán ser asumidos por cada persona.

5) Aquellas personas que no cuenten con un vehículo particular para trasladarse a su provincia de origen deberán contratar un servicio de traslado privado asumiendo los gastos del mismo.

6) Aquellas personas que no estén clínicamente estables serán internadas en un centro de salud según cobertura de obra social o seguro con las capacidades para atender el cuadro del paciente.

b. Procedimientos particulares

Este protocolo tiene como alcance aquellas personas que se encuentren en un lugar diferente al de su domicilio legal o de residencia debidamente justificado. Por lo tanto, es necesario contar con diferentes alternativas para ser aplicadas en cada caso.
A continuación, se presentan distintas alternativas según el cuadro clínico y las situaciones en las que se encuentre el turista.

1) Personas con domicilio en Córdoba y medio de transporte propio

Si el paciente se encuentra clínicamente estable deberá retornar al lugar donde se encuentre su domicilio legal o de residencia de manera inmediata.
En el caso que la persona lo desee y el alojamiento en el que se encuentra lo permita, se autorizara al turista a realizar la cuarentena en dicho lugar asumiendo los gastos de la misma.
Si el paciente no se encuentra clínicamente estable, deberá ser internado en un centro de aislamiento o derivado a una institución sanitaria.

2) Personas con domicilio en la provincia de Córdoba y que no cuenta con un medio

El paciente deberá regresar inmediatamente al lugar donde se encuentre su domicilio legal o de residencia. No podrá utilizar un medio de transporte público.
En este caso, la persona que sea COVID-19 confirmado deberá contratar un servicio de traslado privado para regresar a su localidad de origen.
En el caso que la persona lo desee y el alojamiento en el que se encuentra lo permita, se autorizara al turista a realizar la cuarentena en dicho lugar asumiendo los gastos de la misma
Si el paciente no se encuentra en condiciones de viajar, deberá ser internado en un centro de salud adecuado.

3) Personas sin domicilio en la provincia de Córdoba y con medios propios

Si el paciente está en condiciones de viajar, deberá retornar al lugar donde se encuentre su domicilio legal o de residencia inmediatamente para realizar allí la cuarentena y recibir la atención medica necesaria.
En el caso que la persona lo desee y el alojamiento en el que se encuentra lo permita, se autorizara al turista a realizar la cuarentena en dicho lugar asumiendo los gastos de la misma.
Si el paciente no se encuentra en condiciones de viajar, deberá ser internado en un centro de salud adecuado.

4) Personas sin domicilio en la Provincia de Córdoba y sin medios propios de transporte

El paciente deberá regresar inmediatamente al lugar donde se encuentre su domicilio legal o de residencia. No podrá utilizar un medio de transporte público.
En este caso, la persona que sea COVID-19 confirmado deberá contratar un servicio de traslado privado para regresar su localidad de origen.
En el caso que la persona lo desee y el alojamiento en el que se encuentra lo permita, se autorizara al turista a realizar la cuarentena en dicho lugar asumiendo los gastos de la misma
Si el paciente no se encuentra en condiciones de viajar, deberá ser internado en un centro de salud adecuado.

5) Extranjeros sin domicilio legal en la República Argentina en actividades de turismo en la Provincia de Córdoba

El Gobierno de la Provincia de Córdoba designara centros de aislamientos para extranjeros que sean casos confirmados COVID-19 debido a que no cuentan con un domicilio legal o de residencia al cual retirarse. Los gastos serán asumidos por la persona que debe realizar la cuarentena.
En el caso que la persona lo desee y el alojamiento en el que se encuentra lo permita, se autorizara al turista a realizar la cuarentena en dicho lugar asumiendo los gastos de la misma.

c. Seguimiento de los casos confirmados

El seguimiento de casos confirmados estará a cargo de los municipios, quienes deberán asistir al paciente y en caso de ser necesario coordinar con los Hospitales de referencia los traslados a centros de mayor complejidad.

7. RECOMENDACIONES
Las siguientes recomendaciones son de carácter general y su objetivo es orientar al turista en el momento de planificar su viaje.

a. Información a tener en cuenta
Se recomienda que antes de realizar el viaje el turista se informe a cerca de los centros de salud disponibles en el lugar al que viajara y los procedimientos a seguir en caso de ser considerado COVID-19 positivo.

b. Días de reserva
Se recomienda realizar periodos de reservas cortos. En caso de contagios en el lugar de destino, los síntomas comenzaran a manifestarse en los últimos días pudiendo contar con la posibilidad de viajar de regreso al domicilio legal o de residencia evitando complicaciones con las reservas futuras.

c. Medios de transporte propio
Se recomienda la utilización de medio de transportes propios (automóvil, motocicleta, casa rodante, etc.) De esta manera el turista contara con la posibilidad de regresar a su domicilio real sin peligro de contagiar a terceros.

d. En caso de utilizar transporte público
Aquellas personas que planifiquen su traslado a la Provincia de Córdoba en un medio de transporte públicos deberán tener en cuenta que si son un caso confirmado COVID-19 no podrán utilizar dicho transporte para regresar a su provincia de origen. Por lo tanto, se recomienda que antes de viajar se informen sobre la contratación de servicios de traslado privados.

e. Obra social o prepaga
Ponerse en contacto con la obra social o prepaga para obtener información sobre los alcances y convenios de cobertura que esta posee en la provincia de destino.

8. RECOMENDACIONES ESPECIFICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
a. Ante la presencia de una persona con discapacidad tener en cuenta la comunicación y los sistemas de apoyo.
b. Realizar de manera frecuente la limpieza de las ayudas técnicas, como bastones, muletas, andadores, elevadores y silla de ruedas (Ver guía practica Coronavirus Discapacidad. Protocolo de Circulación de las personas con Discapacidad -Apéndice 4).
c. Ante cualquier duda comunicarse de la siguiente manera: Mail: discapacidadcovid19@gmail.com

9. ACLARACIONES FINALES
a. Los municipios y comunas deberán sostener, en el marco de sus competencias, un estricto control sobre el cumplimiento del presente protocolo.
b. Cabe aclarar que el presente Protocolo tiene carácter RECTOR sobre los documentos particulares que puedan desprenderse del mismo.
c. El COE Central se reserva la potestad de declarar en cualquier momento un área roja focal, establecer cordones sanitarios y tomar las decisiones necesarias para contener situaciones epidemiológicas puntuales que pudieran surgir. Como así también modificar las flexibilizaciones otorgadas en el presente protocolo si la situación epidemiológica lo amerita.